El registro es obligatorio para perros potencialmente peligrosos.
Se considerarán perros potencialmente peligrosos aquellos que presenten alguna de las siguientes características:
a) Antecedentes de agresiones a personas u otros perros;
b) Adiestramiento en el ataque y la defensa;
c) Se encuentren clasificados por la Federación Cinológica Argentina como de Guarda y Ataque;
d) Además, aquellos que pertenezcan a algunas de las siguientes razas o sus cruces: Pit bull Terrier, Rottweiller, Dóberman, Dogo Argentino, Dogo de Burdeos, Fila Brasilero, Mastín Napolitano, Presa Canario,Dogo de Canario, Stafforshire, Bull Terrier, Bull Dog y toda otra raza que en carácter de actualización pueda ser incorporada por el Departamento Ejecutivo Municipal, teniendo particularmente en cuenta el perímetro toráxico comprendido entre los 60 y los 80 cm. y altura a la cruz entre los 50 y 70 cm y el peso igual o superior a los 30 Kg.