Municipalidad de Andacollo

Patente de canes

Home  >>  Guía y trámites  >>  Patente de canes

Registro Municipal de Perros.

Autoridad de aplicación

El Área Bromatología e Inspecciones de la Municipalidad de Andacollo es la autoridad de control de canes.

Para realizar la inscripción del can, acercarse de 8 a 13 hs. a la oficina ubicada en calle Int. Elias Troitiño, tel. móvil (02942) 401311.

Los dueños de las mascotas deben conformar y presentar el formulario «A» Ficha de Inscripción Inicial.

Beneficios

Promueve la tenencia responsable y la sanidad de los animales.

Permite identificarlos, ya que portarán una chapa identificadora con sus datos (nombre del animal, nombre del propietario y número de registro Municipal).

Si el animal es robado o se ha perdido, con sólo observar la placa identificadora portada, es posible conocer quién es su propietario.

Lleva el control de su estado sanitario (vacunación antirrábica, esterilización, desparasitación).

Ordena la venta de perros potencialmente peligrosos y otras razas.

Inscripción (tasa)
La inscripción por Patentamiento Canino tiene un costo que establece la Ordenanza Tarifaria vigente, de acuerdo a la cantidad de canes registrado por los propietarios o tenedores.

Por patente, su propietario o responsable deberá abonar anualmente:

  • Por un can $ 500,00
  • Por dos canes $ 1500,00
  • Por tres canes $ 4000,00
  • Por cuatro canes $ 7000,00
  • Por cinco canes $ 10000,00

Por mayor cantidad de canes se calcula el valor base más el doble del monto inmediato anterior.

Por el momento no se exige el certificado de conducta animal.

Esterilización (tasa)
Por esterilización canina, se deberá abonar la tasa que establezca la Ordenanza Nº 2321/16, art. 19º.
Perros potencialmente peligrosos

El registro es obligatorio para perros potencialmente peligrosos.

Se considerarán perros potencialmente peligrosos aquellos que presenten alguna de las siguientes características:

a) Antecedentes de agresiones a personas u otros perros;

b) Adiestramiento en el ataque y la defensa;

c) Se encuentren clasificados por la Federación Cinológica Argentina como de Guarda y Ataque;

d) Además, aquellos que pertenezcan a algunas de las siguientes razas o sus cruces: Pit bull Terrier, Rottweiller, Dóberman, Dogo Argentino, Dogo de Burdeos, Fila Brasilero, Mastín Napolitano, Presa Canario,Dogo de Canario, Stafforshire, Bull Terrier, Bull Dog y toda otra raza que en carácter de actualización pueda ser incorporada por el Departamento Ejecutivo Municipal, teniendo particularmente en cuenta el perímetro toráxico comprendido entre los 60 y los 80 cm. y altura a la cruz entre los 50 y 70 cm y el peso igual o superior a los 30 Kg.

Normativa

Ordenanza Nro 2321/16 sancionada el 20 de octubre del 2016